miércoles, 29 de julio de 2015

INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO


Encontramos que en el artículo 64 del código sustantivo del trabajo nos hablan de este tema.

Nos dice que en los contratos de trabajo a término indefinido, la indemnización por despido injustificado, en el caso de los empleados que devengan menos de 10 salarios mínimos, es de 30 días de salario cuando lleve trabajando un año o menos.
Ø  Establece también, que cuando el empleado despedido injustificadamente lleve más de un año trabajando, por cada año adicional al primero, le corresponderá como indemnización 20 días de salario por cada año adicional, o por fracción de cada año trabajado.
Ø  Cuando se lleve menos de un año, así sea 4 meses por ejemplo, la indemnización será de 30 días, sin ningún tipo de variabilidad
Ø  También se da el caso de que si el trabajador se despide en el periodo de prueba, no hay lugar a indemnización.
Ø  Para el caso de los empleados que devengan más de 10 salarios mínimos, la indemnización es de 20 días por el primer año y 15 días por año adicional o proporcional por fracción.


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