jueves, 30 de julio de 2015

SOFTWARE APLICATIVO

ESTA APLICACIÓN SE LLAMA FANAIA, ES PARA LIQUIDAR LOS APORTES PILA, Una herramienta que fue diseñada exclusivamente para entregarles a los empleados una solución automatizada, es utilizada para realizar la gestión de seguridad social y parafiscal, administradoras de fondos de pensiones (afp) y de las entidades promotoras de salud (eps), las administradoras de riesgos laborales (arl), las cajas de compensación familiar (ccf),o de bienestar familiar (icbf), servicio nacional de aprendizaje (sena), la escuela superior de administración pública (esap) y el ministerio de educación nacional (men).







Esta aplicación permite una interacción segura entre el empleador y las entidades financieras las cuales son encargadas de las transacciones bancarias.
Esta aplicación es realizada vía web, esto permite que sea de fácil acceso, únicamente se necesita una conexión a internet y un navegador web.

Este sistema permite gestionar el pago de seguridad social, y todas las parafiscales.


CIBERGRAFIA: http://nominaysalario750301.blogspot.com/2015/02/software-aplicativo-en-liquidacion-de_27.html


miércoles, 29 de julio de 2015

LEY 50/90, LEY 789/2002, SALARIOS , FACTORES SALARIALES Y PRESTACIONES SOCIALES



Ley 50/90: La ley nos habla que debe existir un contrato de trabajo y en él debe ir contemplados tres aspectos importantes, primero la actividad personal de trabajo, la duración de contrato como segundo aspecto y en tercer lugar un salario por la prestación de servicio que realiza el empleado.

Ley 789/2002: Es una ley por la cual se dicta la norma para apoyar el empleo y ampliar la protección social y lo cual modifica alunas cosas del código sustantivo de trabajo.
La ley nos habla que el objeto fundamental es el área de pensiones, donde se cree un sistema viable para poder en un futuro poder tener una pensión, la salud que es fundamental y que lastimosamente en nuestro país muchas veces se incumple o se niega el servicio, considerando que la salud es algo con lo que no se juega y ni se debe violar.

Salarios: Se entiende por salario que es la retribución que se da a un trabajador por prestar un servicio, donde el pago se establece a la hora de firmar el contrato, el cual puede ser mensual quincenal, diario, según lo acordado con el empleador.
Factores Salariales: Los factores salariales a los cuales tiene derecho el trabajador de acuerdo con las normas vigentes son las bonificaciones por servicios prestados y la prima de servicios.
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Prestaciones Sociales: Las prestaciones sociales a las cuales el empleador tiene derecho según la normatividad son la prima de vacaciones, vacaciones, cesantías y prima de navidad.

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LEY 100 DE 1993

Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones, rige las seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales, el régimen contributivo sobre los aportes bases de liquidación, tipos de pensiones y los reglamentos que le rigen. 



https://www.youtube.com/watch?v=-rQc3M8Fp_Q

CESANTIAS



CESANTIAS 


Las cesantías buscan que el trabajador una vez quede sin trabajo, tenga unos recursos que le permitan sobrevivir mientras consigue otro. Con las cesantías se supone que el trabajador no queda desprotegido ante el desempleo que hay a diario en el país.
Las cesantías son una forma de ahorro que es aportado por el empleador o empresario, ahorro del que disfrutará el empleado una vez termine su vinculación laboral.

Claro que el objetivo original de las cesantías ha sido modificado para perseguir otros fines que no tienen mucha relación con las razones que le dieron origen. Hoy, las cesantías se pueden retirar anticipadamente si estas se destinan para comprar casa o para estudiar. Recordemos que las cesantías en principio sólo se pueden retirar una vez terminado el contrato de trabajo, pero lo importante es que siempre cumplen algo importante para el empleador lo que se trata es el mejor beneficio que se le pueda dar al trabajador.


INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO


Encontramos que en el artículo 64 del código sustantivo del trabajo nos hablan de este tema.

Nos dice que en los contratos de trabajo a término indefinido, la indemnización por despido injustificado, en el caso de los empleados que devengan menos de 10 salarios mínimos, es de 30 días de salario cuando lleve trabajando un año o menos.
Ø  Establece también, que cuando el empleado despedido injustificadamente lleve más de un año trabajando, por cada año adicional al primero, le corresponderá como indemnización 20 días de salario por cada año adicional, o por fracción de cada año trabajado.
Ø  Cuando se lleve menos de un año, así sea 4 meses por ejemplo, la indemnización será de 30 días, sin ningún tipo de variabilidad
Ø  También se da el caso de que si el trabajador se despide en el periodo de prueba, no hay lugar a indemnización.
Ø  Para el caso de los empleados que devengan más de 10 salarios mínimos, la indemnización es de 20 días por el primer año y 15 días por año adicional o proporcional por fracción.